lunes, 29 de agosto de 2016

¿Qué se consideran coacciones a un inquilino?

Buenos días a todos, a la luz del mediático caso del propietario de una vivienda en Málaga que ha sido recientemente condenado a pagar una cuantiosa multa por cambiar la cerradura a su inquilina aprovechando que ésta no estaba en la vivienda, me gustaría dedicar esta entrada a analizar las actuaciones por parte del arrendador que podrían considerarse coacciones ante una situación de impago.

En primer lugar, lo que bajo ningún concepto debe hacerse es entrar en el inmueble sin el consentimiento del inquilino, y mucho menos cambiar la cerradura por nuestra propia cuenta y riesgo, mientras se encuentre vigente el contrato de arrendamiento, ya que con dicha actuación estaríamos incurriendo en dos delitos, usurpación (o comúnmente llamado "allanamiento de morada") y coacciones. Y ello pese a que el inquilino se encuentre en una situación de incumplimiento contractual respecto del impago de rentas, ya que la resolución del contrato, si no ha sido consensuada entre ambas partes, debe ser acordada por resolución judicial.

lunes, 1 de agosto de 2016

Consejos antes de instar el Desahucio por falta de pago

Buenos días a todos, imagino que muchos de los que me estéis leyendo estaréis ya de vacaciones, si es así, enhorabuena y a disfrutar de vuestro merecido descanso. Me alegra retomar el blog para compartir con vosotros un artículo que escribí recientemente en la web del bufete en el que trabajo y cuyo enlace os dejaré al final del post. El artículo en cuestión trata las recomendaciones para el arrendador que tiene un inquilino que no le paga, antes de acudir al procedimiento de desahucio.

Lo primero de lo que deberemos partir es de una situación de impago por parte del arrendatario, y en este punto hay que tener en cuenta que es la propia legislación la que establece la posibilidad de presentar la demanda de desahucio ante el impago de una sola mensualidad (art. 27.2 Ley de Arrendamientos Urbanos). Circunstancia que viene avalada por consolidada jurisprudencia de nuestros Juzgados y Tribunales para la que es indiferente el número de mensualidades que hayan sido impagadas por el arrendador. También se considera causa de resolución del contrato la falta de pago de cantidades asimiladas a la renta, como la fianza, gastos de suministros (si se cargan a la cuenta del arrendador y después se repercuten al inquilino), e incluso las cuotas de Comunidad, IBI, tasa de basuras, etc., si en el contrato se ha pactado que corren a cuenta del arrendatario.